jueves, 30 de julio de 2015

Asistencia en el seguro de Hogar o Comercio



Asistencia en el Hogar o en el Comercio


Resulta curioso, pero muchas compañías han empezado a comercializar una cláusula de asistencia en sus pólizas de Hogar y Comercio. Podrían parecer ramos totalmente diferentes, pero la realidad es que su fusión ha resultado muy conveniente para el asegurado.


Esta asistencia se refiere fundamentalmente al caso de daños materiales y suele concretarse en el coste del desplazamiento de un profesional (albañil, fontanero, barnizador, carpintero, etc..) hasta la vivienda o comercio asegurado, siendo por cuenta del Asegurado el importa da la factura que genere en el caso de producirse un encargo.


También estaría contemplado el traslado en ambulancia a causa de accidente o enfermedad desde la vivienda o comercio  hasta un hospital situado a menos de una distancia determinada.


Se suelen incluir en esta cláusula:


  • La reparación eléctrica de urgencia.- Aquí sí estaría cubierta la factura, dado el interés en que no se produzcan otros siniestros consecuenciales.


  • Gastos de hotel, lavandería, restaurante, necesarios y justificados como consecuencia de un siniestro cubierto en póliza.


  • Personal de seguridad y cerrajería urgente. Se trata de aminorar las posibles consecuencias del siniestro.


  • Alquiler de TV o vídeo y anulación de tarjetas.



Para cualquier consulta estamos a su disposición.


Andrés Sicilia Méndez Agente, AXA - Jaime Sicilia e Hijos S.L.

       


No hay comentarios:

Publicar un comentario