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miércoles, 16 de diciembre de 2015

Seguro de vida, conceptos básicos





La Ley 50/1.980 del Contrato de Seguro, define esto en su art. 83 “Por el seguro de vida el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado o de ambos eventos conjuntamente”.

miércoles, 17 de junio de 2015

Si pido una hipoteca, ¿puede el banco obligarme a contratar un seguro con ellos?






Desde mediados de 2014 las Entidades Bancarias se han lanzado de cabeza al mercado de los seguros debido a la disminución de ingresos por comisiones derivado de la caída de los créditos. El sector bancario se ha valido de todas las herramientas en sus manos para vender pólizas, incluyendo algunas que rozan la ilegalidad.


Para que quede claro: La banca española NO puede vender seguros a quien necesita una hipoteca para comprar una casa. Lo prohíbe la legislación española y desde hace más de un año, también lo prohíbe la Unión Europea